viernes, 17 de octubre de 2008

Actividades casi ilegales


Nuestro querido país tiene la particularidad de tener actividades “casi ilegales”.

Actividades que en cualquier país de verdad, son indiscutiblemente ilegales y calificadas de faltas o delitos; en nuestro país con simplemente “casi”.

¿y por que digo esto?

Porque lamentablemente nuestras normas y leyes tienen una redacción única, pero al momento de su ejercicio (por alguna extraña razón) se aplican de acuerdo al sujeto y el contexto. Veamos algunos ejemplos:

Protagonizar una pelea o disturbio en cualquier espectáculo público (cines, teatros, etc) implicaría para cualquiera de los mortales, una serie de consecuencias civiles y penales que casi nadie se atrevería a discutir. Y no digo nada, si el mencionado hecho incluyera armas.
Una verdad absoluta, legal y éticamente hablando, ¿verdad?
No obstante, algunos individuos de nuestra sociedad, en el contexto de estadios y canchas de fútbol tienen alguna especie de excepción a la regla.

Para que los uruguayos podamos circular por las calles y rutas de nuestro país, deben tener el vehiculo en buenas condiciones (con chequeos técnicos obligatorios), conocer y respetar las normas de tránsito, contar con un seguro contra terceros, ser mayor de edad y poseer habilitación para conducir.
No obstante, algunos ciudadanos que se dedican a algunas actividades particulares, tienen algún tipo de inmunidad a todas estas normas. Pueden circular en medios de trasportes inadecuados y que no pasarían ninguno de los chequeos técnicos. Pueden circular por las calles sin importar el sentido que esta indique. Pueden circular por cualquier senda de la misma, incluso generando caos en el tránsito. Pueden parar en segunda fila, incluso dejarlo solo generando posibles peligros para terceros. Y si, lo mas increíble, pueden ser conducidos por personas que menores de edad.
Si, si, en un 90% me estoy refiriendo a los carros que circulan en nuestro país.

Para instalar un comercio, los ciudadanos de nuestro país deben obtener un conjunto de registros y autorizaciones necesarios para ejercer la actividad. Los bienes a comercializar deben tener un origen legal y la comercialización debe quedar registrada en una factura. Asimismo con la venta de estos bienes se adquiere la obligación del pago de impuestos.
No obstante, existen ciudadanos de este país que tienen algún tipo de excepciones por el cual le es permitido instalar comercios para venta de bienes provenientes del contrabando. También existen otros que no tienen la obligación del pago de impuestos sin que la actividad esté exenta (según la ley, eso sería evasión). Existen otros que tienen el privilegio de tener costosos sistemas de facturación que le “calculan mal” el pago de impuestos y ese “error” no califica en el delito de evasión (¿la ley contempla esos “errores” como excepciones?, creo que no).

De estas actividades “casi ilegales” podríamos seguir escribiendo, al punto de hacer un libro. ¿Verdad?
Las leyes son únicas para todos los ciudadanos de la República. ¿Verdad?
Bajo la ley, los ciudadanos del Uruguay tienen los mismos derechos y responsabilidades. ¿Verdad?

¿Alguien me puede explicar donde están escritas todas estas excepciones que les habilita a los distintos poderes del estado a ejercer las leyes de acuerdo a la actividad, clase social, credo, raza, lugar donde vive, coyuntura social donde se crió y vive, etc?
Lo más triste, que esta poco ética forma de proceder dentro de nuestra sociedad, es vista por todos nosotros, con una naturalidad e indiferencia que resulta alarmante. Nos han acostumbrado a verlo como lógico y normal

Estimados, si de una buena vez, en la ROU, la ley no es única y aplicada por igual a todos los ciudadanos; indefectiblemente no vamos a dejar de ser, simplemente una República Bananera, en lugar de ser la “Suiza de América” que nuestra “historia oficial” nos ha contado y tratado de hacernos creer.

Una crónica más de nuestro Uruguay pacato, careta e hipócrita.

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